COSAS Y
CASOS
Por José A. Martínez.
EL CASO HEIDY INFANTE DEBE SER UN EJEMPLO DEL CUMPLIMIENTO DE
LA LEY PENAL POR PARTE DE LAS AUTORIDADES COMPETENTES.
Respecto al ataque que sufrió nuestra amiga Heidy Infante
en el cual un sujeto se subió al escenario donde ella presentaba su espectáculo
musical, para después ser abusada sexualmente y luego ser golpeada para después escapar del lugar a pesar de que supuestamente fue ingresado a una
patrulla sin que se haya producido su detención por parte de dicha unidad
policiaca , es que algunos comentaristas de espectáculos supusieron que el agresor
pudo haber realizado un acto de corrupción para que los patrulleros lo hayan
dejado escapar, a lo que demandaban los comunicadores, se le acusara de cohecho
por haber realizado esa conducta. Sin embargo hay que recordar que el Código
Penal de la Ciudad de México ya no contempla la figura delictuosa del cohecho,
al haber sido derogada dentro del
capítulo IX del código de la materia, y
que estaba estampada en su artículo 272. Tal situación que puede ser calificada como un
error del legislador que la eliminó, pero realmente tiene como explicación de
que la autoridad corrupta podía valerse de sus facultades para mal emplearlas,
y se daba el caso, de que cuando el asegurado por la autoridad policiaca no
aceptaba un soborno, entonces la misma autoridad cambiaba los hechos ocurridos
y de manera falsa aseguraba que había sido el detenido quien había tratado de
corromper a la autoridad y con ello envolverlo injustamente y de manera falsa,
en el hecho delictuoso que aquí se comenta, por lo que para evitar este tipo de actos ha sido
derogado el cohecho, dejando la responsabilidad penal para la autoridad como concusión y no
tanto para el ciudadano, en base a lo antes descrito, dentro del marco legal
actual. Sin embargo la no detención del agresor de Heidy en flagrancia, no cambia en nada la gravedad
de la conducta delictiva que fue captada
en diversos vídeos, por lo que su agresor debe ser investigado, aunque el haber
logrado escapar del lugar sin ser detenido, si ha dado lugar para que el
golpeador pudiera dar paso a una estrategia jurídica, la cual ahora está
aplicando, al señalar sus asesores, que fue la cantante la primera en agredir,
al tocar los glúteos del enloquecido sujeto, con lo cual la
artista fue como lo invitó a bajar del escenario que había invadido. De
desprenderse de esta situación, un enjuiciamiento severo, la cantante podría
ser sancionada, pero de ninguna manera, con la magnitud que debe ser sancionado
quien la abusó y la golpeó a pesar de que Heidy logró esquivar algunos golpes
que en otra persona sin la disciplina física que tiene la cantante de música
tropical, hubieran podido resultar de mayores consecuencias, lo que la
autoridad ministerial y sobretodo la judicial deberá tomar en consideración. La
eficacia con que se desarrolle la investigación y enjuiciamiento del asunto en
cuestión, también deberá incluir a una mujer que estando abajo del escenario, intentó que Heidy callera de manera peligrosa, al
sujetarla de sus piernas con el fin de que perdiera el equilibrio mientras el
individuo de piel morena, no dejaba de golpearla y de sujetarla del cabello. Y
como hasta de lo malo se pueden obtener cosas
buenas, este hecho lamentable que le pasó a la nieta de Pedro Infante, podrá
resultar positivo, ante la oportunidad que
ahora tienen las autoridades capitalinas, de aprovechar los reflectores
que ha encendido el caso, para proceder
conforme a derecho, y con su actuar, dejar establecido cual es su criterio ante
actos de esta magnitud y circunstancias, en lo que esperamos se llegue a sus
últimas consecuencias, tanto por las autoridades como por la parte ofendida, para que tal
agresión no quede en un acuerdo reparatorio sino en la aplicación estricta del mando legal
y sin negociaciones, ya que si bien es
cierto en todos los casos es recomendable una conciliación,
también es cierto que en casos como
éste, es más importante la aplicación de la sanción que marca la ley penal y sin contemplaciones, y así generar un ejemplo
para la sociedad sobre la consecuencia de los actos violentos, y un escarmiento, que también forma parte de los objetivos de la ley,
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